IMSS registrara tus datos biométricos, huellas dactilares, huellas de voz, escaneos del iris y sistemas de reconocimiento facial.

 



Con fecha 30 de octubre de 2025 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.220725/194.P.DPES, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 22 de julio de 2025, relativo a autorizar el registro y uso de la información biométrica de las personas aseguradas como mecanismo para validar su identidad y permitir la consulta de información relativa a los subsidios por incapacidades temporales para el trabajo, así como el registro y/o actualización de los datos bancarios para el pago electrónico que, en su caso, les corresponda, fortaleciendo el Programa de Mejora de Pago de Subsidios.

Mediante este acuerdo se autoriza el registro y uso de información biométrica de las personas aseguradas como mecanismo de validación de identidad y para la gestión de pagos de subsidios por incapacidades temporales para el trabajo.

Antecedentes
Este Acuerdo busca asegurar la entrega oportuna y directa de los recursos a las personas aseguradas que cuenten con una incapacidad temporal por riesgo de trabajo, enfermedad general o maternidad.

Validación biométrica y firma digital equivalente
La innovación central del Acuerdo es la implementación del uso de información biométrica —como huellas dactilares o reconocimiento facial— para la validación digital de la identidad de las personas aseguradas dentro de la aplicación IMSS Digital.

Esta validación tendrá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, por lo que se considerará que las acciones realizadas por el asegurado son auténticas y vinculantes.

Con ello, el IMSS busca garantizar la seguridad y trazabilidad de los trámites electrónicos, reducir el fraude en subsidios y facilitar el acceso a los servicios mediante una verificación confiable y automatizada.

Etapas de implementación
El Acuerdo establece una implementación por etapas:

  • Primera etapa: Dirigida a las Personas Trabajadoras de Plataformas Digitales incorporadas al régimen obligatorio del Seguro Social.
  • Segunda etapa: Una vez estabilizado el servicio digital, se ampliará a todas las personas aseguradas del régimen obligatorio, priorizando a las mujeres aseguradas con incapacidades por maternidad.

Este enfoque gradual permitirá al Instituto evaluar la eficiencia tecnológica y la aceptación del sistema antes de su expansión general.

Cómo funcionará el nuevo sistema
El proceso se realizará a través de la aplicación IMSS Digital, donde las personas aseguradas podrán:

  1. Ingresar a la sección de subsidios por incapacidad (riesgo de trabajo, enfermedad general o maternidad).
  2. Validar su identidad mediante la captura de datos biométricos —huella o reconocimiento facial— que se compararán con los registros institucionales.
  3. Una vez verificada la identidad, consultar el estado del trámite y registrar o actualizar su cuenta bancaria para recibir los pagos de forma directa y electrónica.
  4. El registro biométrico quedará asociado al expediente digital del asegurado y servirá para futuros trámites relacionados con prestaciones económicas.

La validación se procesará en tiempo real y tendrá efectos jurídicos equivalentes a una firma digital certificada, garantizando autenticidad y no repudio.

Qué deben hacer los derechohabientes
Para poder utilizar este nuevo sistema, las personas aseguradas deberán:

  • Actualizar la aplicación IMSS Digital a la versión más reciente.
  • Verificar que sus datos personales estén correctos en el registro del Instituto (CURP, RFC, NSS y domicilio).
  • Contar con una cuenta bancaria activa a su nombre donde se depositarán los subsidios.
  • Registrar sus datos biométricos cuando el sistema lo solicite, siguiendo las instrucciones en la aplicación.
  • Autorizar el uso de su información biométrica conforme al aviso de privacidad y a los términos establecidos por el Instituto.

Durante la primera etapa, este proceso se aplicará únicamente a las personas trabajadoras de plataformas digitales; posteriormente se habilitará para todos los asegurados del régimen obligatorio.

Protección de datos personales y seguridad de la información
El Consejo Técnico enfatiza que los datos personales y biométricos recabados solo podrán utilizarse para los fines autorizados. Los servidores públicos deberán garantizar su confidencialidad, seguridad y uso limitado, conforme a los principios de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

La Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico tendrá la responsabilidad de implementar las soluciones informáticas, establecer interoperabilidad con sistemas de otras dependencias y suscribir los instrumentos jurídicos correspondientes.

Difusión, operación y entrada en vigor
Se instruye a los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada y Subdelegaciones del IMSS a difundir el contenido del Acuerdo y brindar apoyo a las personas aseguradas durante el proceso de registro y actualización de sus datos biométricos y bancarios.

El Acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el 31 de octubre de 2025.

Implicaciones prácticas
Este Acuerdo avanza hacia un modelo de identidad digital que:

  • Facilita el acceso remoto a trámites y pagos sin desplazamiento físico.
  • Refuerza la transparencia y la trazabilidad en la dispersión de subsidios.
  • Contribuye a la modernización administrativa y a la interoperabilidad institucional.
  • Implica un nuevo reto en materia de protección de datos biométricos y responsabilidad administrativa por posibles vulneraciones de seguridad.

El fortalecimiento del Programa de Mejora de Pago de Subsidios con mecanismos biométricos sitúa al IMSS en una tendencia alineada con la transformación digital del sector público.

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