Datos informativos en la Declaración Anual de Personas Fisicas que debes de saber

 



Las personas físicas están obligadas a colocar datos informativos en la declaración anual con respecto a ciertas operaciones, conforme a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Datos informativos en la declaración anual

Por su parte, el tercer párrafo del artículo 150 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece la obligación de informar sobre viáticos percibidos, la venta de casa habitación, herencias y legados, siempre que el total de los ingresos del contribuyente (incluyendo los exentos y aquellos por los que se pagó impuesto definitivo) sea superior a $500,000.00 en el ejercicio fiscal correspondiente.

En la declaración a que se refiere el primer párrafo de este artículo, los contribuyentes que en el ejercicio que se declara hayan obtenido ingresos totales, incluyendo aquéllos por los que no se esté obligado al pago de este impuesto y por los que se pagó el impuesto definitivo, superiores a $500,000.00 deberán declarar la totalidad de sus ingresos, incluidos aquéllos por los que no se esté obligado al pago de este impuesto en los términos de las fracciones XVII, XIX, inciso a) y XXII del artículo 93 de esta Ley y por los que se haya pagado impuesto definitivo en los términos del artículo 138 de la misma.
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Esta información se presenta en el apartado de DATOS INFORMATIVOS de la declaración anual para el ejercicio de 2024.

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