Las personas físicas están obligadas a colocar datos informativos en la declaración anual con respecto a ciertas operaciones, conforme a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Las personas físicas residentes en México están obligadas a informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, los donativos y los premios, obtenidos en el mismo, siempre que éstos, en lo individual o en su conjunto, excedan de $600,000.00.

Por su parte, el tercer párrafo del artículo 150 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece la obligación de informar sobre viáticos percibidos, la venta de casa habitación, herencias y legados, siempre que el total de los ingresos del contribuyente (incluyendo los exentos y aquellos por los que se pagó impuesto definitivo) sea superior a $500,000.00 en el ejercicio fiscal correspondiente.

Esta información se presenta en el apartado de DATOS INFORMATIVOS de la declaración anual para el ejercicio de 2024.


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