Fin a la Declaración Anual 2024 para RESICO personas físicas

 


Las personas físicas que se encuentren bajo el régimen de RESICO, dentro de las actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento no tendrán la obligación fiscal de presentar su Declaración Anual que corresponde al ejercicio 2024, en abril de 2025. Los contribuyentes que forman parte del grupo anteriormente mencionado podrán realizar los pagos del ISR mensuales como definitivos.

La eliminación de la Declaración Anual 2024 para RESICO personas físicas forma parte de la cuarta versión del segundo anteproyecto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 (RMISC 2024), regla 3.13.7 Pagos Mensuales del Régimen Simplificado de Personas Físicas. A la par, la regla establece dentro de su artículo 4to transitorio que los contribuyentes podrán solicitar saldos a favor que determinen los pagos mensuales definitivos del ejercicio 2024, a partir de diciembre del mismo año.

Es importante destacar que no todos los que se encuentren bajo el régimen de RESICO podrán exentarse de presentar su Declaración Anual 2024. Aquellos que se encuentren dentro de las siguientes actividades:

  • Actividades agrícolas
  • Actividades ganaderas
  • Actividades silvícolas
  • Actividades pesqueras
  • Aquellos que opten por no presentar las declaraciones mensuales bajo RESICO

La eliminación de la Declaración Anual 2025 para RESICO personas físicas no fue la única actualización que informó el SAT.

 Dentro de sus comunicados también informó sobre:

  • Trámites del RFC y e.firma: El SAT ya no requiere realizar la pre-inscripción en su portal previo a la cita. Las personas físicas podrán presentar solo su credencial para votar vigente (con domicilio completo y visible). Antes requería comprobante de domicilio y CURP.
  • Constancia de situación fiscal: Se podrá obtener en las oficinas del SAT solo con huella digital o credencial para votar vigente o desde cualquier portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, chat u oficina virtual

Estos son algunos de los cambios que el Poder Ejecutivo propone al Congreso; es importante seguir el proceso legislativo, ya que puede afectar la Reforma Fiscal final.

Según el SAT, RESICO beneficia al 82% de los contribuyentes personas físicas. Sin embargo es importante no olvidar las obligaciones fiscales para este régimen a partir de 2025:

  • Expedir CFDIs a clientes
  • Contar con firma electrónica avanzada y buzón tributario activos
  • Contar con los CFDIs por la totalidad de ingresos cobrados
  • Conservar los CFDIs que amparen los gastos e inversiones
  • Efectuar retenciones por concepto de salarios
  • Calcular mensualmente la retención de ISR a trabajadores
  • Presentar el pago mensual de impuestos a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior
  • Determinar la PTU de los trabajadores
  • Cumplir con el pago de impuestos en tiempo y en forma



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