En el contexto de la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal 2024, numerosos contribuyentes han reportado en redes sociales y medios especializados rechazos en la devolución automática de saldos a favor.
Principales causas de rechazo de devoluciones automáticas
Las principales causas de rechazo reportadas para estas devoluciones automáticas, han sido las en listada a continuación.
a) Errores en la CLABE interbancaria
- CLABE incorrecta o no válida.
- CLABE no asociada al nombre del contribuyente.
- Cuenta bancaria cancelada o inactiva.
b) Omisión de la opción de devolución
- Durante la presentación de la declaración, si el contribuyente no selecciona expresamente la opción de “devolución”, el sistema no procesa el reembolso aunque exista saldo a favor.
c) No uso de e.firma en montos mayores a $10,000
- La legislación fiscal exige el uso de e.firma cuando la devolución solicitada supera los $10,000 o cuando el monto excede los $150,000 (casos con revisión adicional).
- Declaraciones presentadas solo con contraseña en estos casos son rechazadas para devolución automática.
d) RFC inactivo o sin obligaciones fiscales vigentes
- Contribuyentes con suspensión temporal o cancelación en el RFC.
- Omisión en la presentación de declaraciones periódicas previas que impide el cumplimiento de obligaciones fiscales vigentes.
e) Domicilio fiscal no localizable
- Si el SAT determina que el domicilio fiscal está desactualizado o no verificable, puede suspender o rechazar la devolución.
f) Deducciones personales inválidas o sin CFDI
- Comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) no válidos, no emitidos correctamente o de proveedores enlistados como presuntos emisores de facturas falsas.
g) Solicitudes de ejercicios anteriores
- La devolución automática solo aplica al ejercicio fiscal inmediato anterior. Para años previos, se debe seguir el procedimiento manual.
Recomendaciones correctivas para evitar o subsanar rechazos
Para evitar estos rechazos, los contribuyentes pueden llevar las siguientes acciones correctivas.
- Revisar que la CLABE interbancaria esté vigente, activa y a nombre del contribuyente.
- Confirmar con la institución bancaria.
- Evitar errores de digitación al capturarla en la declaración.
- Elegir explícitamente la opción “devolución” durante la presentación.
- En el portal del SAT, revisar antes de enviar la declaración que se seleccionó correctamente esta opción.
- Utilizar la e.firma digital cuando el monto de devolución lo requiera.
- Generar o renovar la e.firma antes de declarar, si es necesario.
- Actualizar el domicilio fiscal en el portal del SAT.
- Verificar que el domicilio esté completo y coincida con el que figura en el RFC.
- Validar los comprobantes fiscales.
- Usar el visor de deducciones personales.
- Confirmar que los proveedores no estén en la lista negra del SAT.
- Presentar una declaración complementaria.
- En caso de errores detectados, realizar la corrección antes del 30 de abril para evitar multas y facilitar la devolución.

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